
El teléfono suena mientras trabajamos, comemos o descansamos. Es otra oferta comercial que no solicitamos. Respondemos que no nos interesa, pero vuelven a llamar. Frente a esa molestia cotidiana, el Senado aprobó el 7 de octubre una reforma para sancionar con mayor severidad el acoso telefónico comercial.
La propuesta que recibió 96 votos a favor y ninguno en contra, busca que las empresas respeten la negativa de los consumidores a recibir publicidad y que no puedan desentenderse de las llamadas porque las hizo un tercero contratado para promover sus productos.
Las multas previstas van de 56 mil 570 a 2 millones 345 mil 728 pesos, según la información del Canal del Congreso. La reforma modifica los artículos 18 Bis y 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y comprende la insistencia publicitaria mediante llamadas, mensajes, correos electrónicos y otros medios de contacto no autorizados.
La iniciativa aún no entra en vigor. El Senado envió el proyecto a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión. Aún falta completar el procedimiento legislativo y, en su caso, su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Decir “no” debería ser suficiente
La iniciativa fue presentada por la senadora Mayuli Latifa Martínez Simón, del PAN, y recibió respaldo de todas las fuerzas políticas. Su propósito responde a una experiencia fácilmente reconocible: tener que rechazar una y otra vez ofertas que interrumpen nuestra vida diaria.
La cuestión va más allá de una llamada inoportuna. Cuando una empresa ignora la negativa del consumidor, convierte una oferta en presión y obliga a la persona a emplear tiempo en defender su tranquilidad. Tener nuestro número telefónico no equivale a tener permiso para insistir indefinidamente.
Ya existen mecanismos para evitar publicidad no deseada. El desafío es que se respeten y que incumplirlos tenga consecuencias suficientes para cambiar la conducta de las empresas.
Qué podemos hacer desde ahora
Para publicidad de comercios y otros proveedores sujetos a Profeco, existe el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP). La inscripción es gratuita y puede realizarse en repep.profeco.gob.mx.
Si las comunicaciones continúan, el portal permite presentar una denuncia conforme a sus requisitos. Conviene conservar el número desde el que llamaron, la fecha, la hora y el nombre de la empresa anunciada, además de capturas del historial de llamadas u otras evidencias. Estos datos ayudan a documentar la conducta denunciada.
Para ofertas de bancos, aseguradoras y otras instituciones financieras, el mecanismo es el Registro Público de Usuarios (REUS), de Condusef, también gratuito. Esta distinción importa: Profeco señala que las llamadas de proveedores de servicios financieros quedan fuera de la competencia de su registro. Por eso, no debe suponerse que el REPEP cubre toda oferta de tarjetas, créditos o seguros.
La reforma es una respuesta pertinente a un abuso cotidiano. Su eficacia dependerá de que denunciar sea accesible y las sanciones se apliquen. La tranquilidad de una persona debe tener más peso que la insistencia de quien quiere venderle algo.










